
los negocios estan a su alcance
Bienvenidos al curso de comercio internacional
Comercio Internacional es una asignatura con la cual los estudiantes del programa de Administración de Empresas conocerán y aplicarán los fundamentos teóricos del comercio internacional mediante el estudio y análisis de los flujos de bienes, servicios y capitales que se presentan en el actual entorno económico globalizado. Para tal efecto realizarán un recorrido histórico a través de los postulados teóricos del intercambio entre naciones (las ganancias del comercio, los patrones del comercio, el proteccionismo, la balanza de pagos, determinación del tipo de cambio, la coordinación de la política económica internacional y el mercado de capitales), con el que conocerán a fondo las relaciones mundiales y el modo en que éstas han ido evolucionando, así como los elementos que de ellas se conservan y aplican en la actualidad con respecto a la comercialización de bienes, servicios y factores. Por otra parte, obtendrán herramientas y conceptos de la teoría monetaria del comercio internacional, de los flujos internacionales de capitales y de las principales políticas comerciales, que facilitarán la comprensión y análisis de lo que acontece hoy día en el mundo. Finalmente, realizarán una breve aproximación al tema de comercio exterior colombiano con el fin de ubicar al país dentro de la economía mundial.
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UNIDAD 1
FUNDAMENTOS DEL COMERCIO INTERNACIONAL
CONTENIDOS
1.1 Definición y antecedentes del comercio internacional
1.2 Principios teóricos que promueven el comercio internacional
a) Economía Feudal
b) Teoría Mercantilista
c) Teoría Clásica y el desarrollo económico
d) Teoría Pura y monetaria
e) Teoría del Equilibrio
1.3 Política comercial internacional
1.3.1 Estrategias proteccionistas
1.3.2. Estrategias de libre comercio
1.4 El Comercio Internacional como capítulo de la teoría de la localización.
Objetivos de aprendizaje
a) Identificar los antecedentes del Comercio Internacional
b) Describirá las diferentes teorías del Comercio Internacional.
c) Definirá el concepto de Comercio Internacional.
UNIDAD 2
BALANZA COMERCIAL Y BALANZA DE PAGOS
CONTENIDOS
2.1 Concepto y estructura de la balanza de pagos
2.2 Problemas y ajustes de la balanza de pagos
2.3 Influencia de las exportaciones en la balanza comercial
2.4 Sustitución de importaciones
2.5 La balanza Internacional de pagos.
Objetivo de Aprendizaje:
Analizará la importancia de la balanza comercial y de pagos en el Comercio
Internacional, su estructura y la influencia que tienen las exportaciones, entorno y
dimensión.
UNIDAD 3
SISTEMA MONETARIO INTERNACIONAL
CONTENIDOS
3.1 El Marco Monetario Internacional.
3.2 El Sistema de Comercio Mundial
3.3 Tipos de cambio y divisas extranjeras.
3.5 Aranceles.
Objetivo de Aprendizaje
Reflexionaras sobre el sistema monetario en que se desarrolla el Comercio
Internacional, conociendo los tipos de cambio y los aranceles.
UNIDAD 4
INTEGRACIÓN ECONÓMICA
CONTENIDOS
4.1 Preferencias Aduaneras
4.2 Zonas de libre comercio
4.3 Unión Aduanera.
4.4 Mercado Común
4.5 Uniones económicas y monetarias
4.6 Unión Política
Objetivo de Aprendizaje
Identificar las formas de integración económica, así como su reglamentación y
aplicación en las negociaciones internacionales para el Comercio Exterior.
UNIDAD 5
COOPERACIÓN COMERCIAL INTERNACIONAL
CONTENIDOS
5.1 Cooperación multilateral
5.1.1 GATT-OMC
5.1.2 UNCTAD
5.1.3 OCDE
5.1.4 APEC
Objetivo de Aprendizaje
Identificarás y analizarás las diversas cooperaciones comerciales internacionales
principales funciones su conformación y ubicación geográfica.
UNIDAD 6
POLITICA COMERCIAL COLOMBIANA
CONTENIDOS
6.1 Constitución Política colombiana
6.2 Ley de Comercio Exterior
6.3 Ley Aduanera
6.4 Ley de Inversión Extranjera
6.5 Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
6.6 Estructura Orgánica del Comercio Exterior.
Objetivo de Aprendizaje
Conocerás los diferentes campos del derecho donde se reglamenta el Comercio
Internacional diferenciando cada una de ellas y resaltando los artículos más importantes
para el intercambio comercial.
UNIDAD 7
LA EMPRESA Y EL COMERCIO EXTERIOR
CONTENIDOS
7.1 Competitividad Internacional
7.1.1 Estrategias de internacionalización
· Alianzas estratégicas
· Joint Venture
· Franquicias
7.1.2 Empresas multinacionales y transnacionales
7.2 Funciones y mercado laboral del profesional en Comercio Internacional
7.3 Organización del Comercio Exterior de la Empresa
7.4 Funciones de una empresa integradora
7.5 Empresas altamente exportadoras
7.6 Funciones de una ecex
Objetivo de Aprendizaje
Conocerás el mercado laboral del profesionista en comercio internacional,
ventajas que trae a la empresa la competitividad internacional y la operatividad de
empresas altamente exportadoras.
UNIDAD 8
FACTORES DE OPERACIÓN
CONTENIDOS
8.1 Envase, empaque y embalaje
8.2 Transporte y seguros
8.3 Cotizaciones internacionales (Incoterms)
8.4 Forma de pagos
8.5 Financiamiento al comercio exterior.
Objetivo de Aprendizaje
Conocerás y aplicarás los diferentes factores de cotización indispensables para
importar y exportar un producto, desarrollando la logística de exportación de un
producto elaborado con anterioridad.
UNIDAD 9
TRATADOS COMERCIALES
CONTENIDO
9.1 Análisis de los diferentes acuerdos comerciales en los que participa colombia.
Objetivo de Aprendizaje
Identificará los diferentes acuerdos comerciales en los que participa Colombia con el resto
del Mundo.
tema; tipos de importación y exportacion
Fecha: 12.09.2013
Autor: normas internacionales sobre estructuras de inversion en colombia
Asunto: nuevos esquemas
deberán hacer un análisis sobre las operaciones internacionales
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Fecha: 29.05.2013
Autor: Cristian Durango Bertel
Asunto: ley 2685 de 1999
Este de decreto nos permite conocer el proceso comercial de nuestro pais y nos muestra las leyes reales las cuales debemos seguir.
pero lo mas vital es que nos amplia el conocimiento sobre los procesos de comercio de nuestro pais.
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Fecha: 29.05.2013
Autor: Cristian Durango bertel
Asunto: Tipor de importacion y exportacion.
TIPOS DE IMPORTACIONES
* IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
* IMPORTACIÓN TEMPORAL
El régimen aduanero que permite recibir dentro del territorio nacional, bajo un mecanismo suspensivo de derechos de aduana, impuestos y otros cargos de importación, aquellas mercancías destinadas a ser enviadas al exterior después de haber sido sometidas a un proceso de ensamblaje, montaje, máquinas, equipos de transporte en general o aparatos de mayor complejidad tecnológica y funcional, elaboración, obtención, transformación, reparación, mantenimiento, adecuación, producción o fabricación de bienes.
* IMPORTADOR DIRECTO
Está representado por toda empresa dedicada a la labor de importación de diferente tipo de productos, para su distribución en el mercado local.
En esta clasificación también se toma en cuenta los importadores de materia prima, que posteriormente se utiliza para la producción de productos.
* IMPORTADOR INDIRECTO
Se da cuando una empresa utiliza los servicios de otra empresa para llevar a cabo la importación de productos. En este caso es la empresa intermediaria quien se responsabiliza por liquidar los gastos aduanales y efectuar el pago de impuestos.
* REIMPORTACION
Importación de mercancías en un territorio aduanero, las cuales fueron anteriormente exportadas desde ese territorio.
* IMPORTACIONES FINALES
Las importaciones finales son aquellas cuyo destino final es México. Los productos se nacionalizaran en México mediante la liquidación de la póliza de importación y el pago de los impuestos correspondientes. El consumo de estos productos será en el mercado local.
MODALIDADES DE EXPORTACIÓN
1. EXPORTACIÓN DEFINITIVA
Dentro de esta modalidad se pueden presentar los siguientes casos:
a. Exportación Definitiva: embarque único con datos definitivos al embarque.
Es la modalidad de exportación que regula la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país.
b. Exportación definitiva: embarque único con datos provisionales.
Es la operación de cargue como embarque único de mercancías, que por su naturaleza, características físicas o químicas o circunstancias inherentes a su comercialización, no permiten que el exportador disponga de la información definitiva al momento del embarque.
c. Exportación Definitiva: embarque fraccionado con datos definitivos o provisionales
El embarque fraccionado es el despacho en diferentes envíos y con diferentes documentos de transporte de mercancías amparadas en el documento que acredite la operación que dio lugar a la exportación.
2. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para ser sometidas a transformación, elaboración o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, debiendo ser reimportadas dentro del plazo que se autorice para cada caso antes de su exportación.
3. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO
Es la modalidad de exportación que permite la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal originado en el uso que de ellas se haga.
6. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de Norte América (US$1.000) y requieran ágil entrega a su destinatario.
7. EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución.
8. EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos.
9. EXPORTACIÓN DE MENAJES Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior. Para tal efecto, deberán presentarse ante la Aduana las mercancías acompañadas de una relación en que se señale su cantidad y descripción.
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Fecha: 08.05.2013
Autor: ALEJANDRO A MARTINEZ
Asunto: TIPOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION 7G
Podemos decir que el sistema de exportación está ligado a fuertes principio legales que establecen para que se realice una negociación limpia y transparente donde los involucrados obtenga beneficios estables y duradero con esta se busca maximizar los tratados y las negociaciones en si la es Exportación se considera que es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país. También de exportación, además de las operaciones expresamente consagradas como tales en el decreto 2685, resolución 4240 y sus modificaciones y adiciones, la salida de mercancías a una Zona Franca Industrial de Bienes y Servicios.
REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO
Se encuentra sujeta a la reimportación de la mercancía que se exporto temporalmente para ser fabricada reparada o transformada, y los tributos aduaneros van ligados al valor agregado en el exterior.
Reimportación en el mismo estado
IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA
La mercancía que sea importada por cumplimiento de garantía del fabricante o remplazo de mercancía exportada previamente por defectuosa, no pagara tributos aduaneros.
MODALIDADES DE IMPORTACION IMPORTACIONES ORDINARIAS
Es la importación de productos a nuestro país, de procedencia extranjera, con permanencia indefinida, y con libre disposición, pagando los tributos aduaneros necesarios y siguiendo los procedimientos establecidos. IMPORTACIONES CON FRANQUICIA Son las importaciones que por tratados, convenios o leyes, goza de exenciones a los tributos aduaneros parcial o total, pero queda en disposición restringida, según lo que diga el beneficio.
IMPORTACION TEMPORAL PARA PREFECCIONAMIENTO ACTIVO
Es aquella importación temporal que permite recibir dentro del territorio aduanero colombiano, con suspensión total o parcial de derechos de importación, mercancías destinadas a ser reexportadas parcial o totalmente en un plazo determinado, después de haber sufrido transformación, elaboración o reparación, así como los insumos necesarios para estas operaciones.
IMPORTACION PARA TRANSFORMACION O ENSAMBLE: Es la modalidad bajo la cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o ensamble, por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad
Es la importación al territorio aduanero nacional, con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida .Competente, y autorizadas para el efecto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, y con base en la cual su disposición quedará restringida.
TRAFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES POR AVIÓN :Podrán ser objeto de importación por esta modalidad los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los Estados Unidos y requieran ágil entrega a su destinatario. La mercancía importada, según lo establecido para esta modalidad, queda en libre disposición. Bajo esta modalidad se podrán importar además de los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes que cumplan simultánea a estos requisitos.
VIAJEROS: La modalidad de importación de viajeros sólo es aplicable a las mercancías que no constituyan expedición comercial y sean introducidas por los viajeros. Para tales efectos, no se consideran expediciones comerciales aquellas mercancías que se introduzcan de manera ocasional y consistan exclusivamente en bienes reservados al uso personal o familiar, o bienes que estén destinados a ser ofrecidos como regalo, sin que por su naturaleza o su cantidad reflejen intención alguna de carácter comercial. modalidad de exportación definida
ENTREGAS URGENTES: La DIAN podrá autorizar sin trámite previo alguno, la entrega directa al importador, de determinadas mercancías que así lo requieran, bien sea porque ingresen como auxilio para damnificados de catástrofes o siniestros, por su especial naturaleza o porque respondan a la satisfacción de una necesidad apremiante a) Embarque Único con datos definitivos al embarque:. b) Embarque único con datos provisionales: c) Embarque fraccionado con datos definitivos o provisionales:
EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es la exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para ser sometidas a transformación, elaboración, o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios, debiendo ser reimportadas dentro del plazo que la Aduana autorice para cada caso antes de su exportación.
EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO
Es la clase de exportación que regula .la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad especifica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal originado en el uso que de ella se haga.
REEXPORTACION La reexportación es la exportación que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional de mercancías que estuvieran sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación y ensamble.
REEMBARQUE : exportación que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación.
EXPORTACION POR TRÁFICO POSTAL Y ENVIOS URGENTES Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$1.000.oo) y requieran ágil entrega a su destinatario.
EXPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
Para efectos del régimen de exportación se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante resolución. Las exportaciones de muestras sin valor comercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Pro exporta, no están sujetas al monto establecido sobre el valor FOB total.
EXPORTACION DE MENSAJES
Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior.
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACION
Programa Especial de Exportación - PEX - es la operación mediante la cual un residente en el exterior compra materias primas a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a laborar y exportar el bien manufacturado a partir de dicha materia prima, según las instrucciones que reciba del comprador externo.
EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos al momento de la entrada, por ser de carácter temporal.
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Fecha: 06.05.2013
Autor: todos
Asunto: les animo para que continúen realizando las actividades, las cuales les abonan en su nota definitiva, sigan asi
animo que la meta ya esta cerca
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Fecha: 05.05.2013
Autor: Oscar de J Benitez Peña
Asunto: Tipos de Importaciones y Exportaciones.
TIPOS DE IMPORTACIONES
* IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
* IMPORTACIÓN TEMPORAL
El régimen aduanero que permite recibir dentro del territorio nacional, bajo un mecanismo suspensivo de derechos de aduana, impuestos y otros cargos de importación, aquellas mercancías destinadas a ser enviadas al exterior después de haber sido sometidas a un proceso de ensamblaje, montaje, máquinas, equipos de transporte en general o aparatos de mayor complejidad tecnológica y funcional, elaboración, obtención, transformación, reparación, mantenimiento, adecuación, producción o fabricación de bienes.
* IMPORTADOR DIRECTO
Está representado por toda empresa dedicada a la labor de importación de diferente tipo de productos, para su distribución en el mercado local.
En esta clasificación también se toma en cuenta los importadores de materia prima, que posteriormente se utiliza para la producción de productos.
* IMPORTADOR INDIRECTO
Se da cuando una empresa utiliza los servicios de otra empresa para llevar a cabo la importación de productos. En este caso es la empresa intermediaria quien se responsabiliza por liquidar los gastos aduanales y efectuar el pago de impuestos.
* REIMPORTACION
Importación de mercancías en un territorio aduanero, las cuales fueron anteriormente exportadas desde ese territorio.
* IMPORTACIONES FINALES
Las importaciones finales son aquellas cuyo destino final es México. Los productos se nacionalizaran en México mediante la liquidación de la póliza de importación y el pago de los impuestos correspondientes. El consumo de estos productos será en el mercado local.
* IMPORTACIONES EN TRANSITO
Se refiere a aquellas importaciones que su destino fiTipos de Exportación
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A - Principios Generales
Para inciar el proceso de exportación, los exportadores tienen que aplicar a las autoridades aduaneras relacionadas con la declaración de audanas confirmada por el Secretario General de las Asociaciones de Exportadores.
B - Exportación Sujeta a la Autorización Previa
En la exportación de los bienes sujetos a la autorización previa de una autoridad específica con respecto a un acuerdo, a una ley,a un decreto o un reglamento relacionado internacional, la exportación se realiza aplicando las disposiciones del reglamento.
C - Exportación Sujeta al Registro
Los bienes, cuya exportación está sujeta al registro se determinan por el acto que se publica por la Subsecretaría. Antes de realizar la exportación d los bienes incluidos en la Lista de los Bienes Sujetos al Registro, las declaraciones aduaneras pertenecientes deben ser registrados por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores. La duración de la presentación de la declaracion aduanera registraada por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a la autoridad aduaner es treinta días desde la fecha de aprobacion y no se puede extender. Solamente para las exportaciones realizadas a los países que aplican restricción cuantitativa a los productos exportados, la duración para presentar la declaración aduanera de los bienes restringidos excepto de la anotacion de registro se determina por la Subsecretaría, o sea más o menos que trenta días.
D- Exportación en Consignación
Las aplicaciones de exportación en consignación se hacen a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores relacionada.
Las demandas de exportación en consignación de los bienes pertenecientes a las regulaciones que se podrá declarar por la Subsecretaría en términos de los bienes y/o de la política nacional se solucionarán tras recibir la opinión de la Subsecretaría, los demas, sin embargo, directamente por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores.
Las declaraciones aduaneras confirmados de forma exportación en consignación por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores deben presentarse a las autoridades audaneras en treinta días.
Los exportadores han de mandar la factura de venta final preparada por sí mismos o una copia de la misma con los otros documentos a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores en treinta días después de la venta final de los bienes enviados en consignación.
Los bienes enviados en consignación se deben ventar en un año a partir de la fecha de exportación del mismo. El tiempo indicado se puede extender dos años más por la autorizada Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a condición de que se aplique al mismo por buenas razones imperativas.
En caso de que los bienes enviados de forma en consignación no se vendan durante el tiempo del permiso de exportación en consignación , los bienes deben llevarse al país de acuerdo con el reglamento aduenaro.
E - Exportación de los Bienes Importados
La exportación de los bienes nuevos o utilizados sujetos a libre circulación por el reglamento aduanero se realiza en el ámbito de los principios generales. Pero los principales de reembolso sujetos al reglamento directivo orientado al apoyo de la exportación, el reglamento de ingresos y el reglamento aduanero son reservados.
F- Exportación a las Zonas Libres
La exportación a las zonas libres están sujetas a los principales del reglamento de exportación. Pero, las previsiones legislativas relacionadas al Régimen de Perfeccionamiento Activo, a los procesos de IVA y a las aplicaciones del Banco de Credito para la Exportación de Turquía son reservados.
G- Exportación Sin Retorno
Los bienes que se pueden ser exportados sin retorno son indicados por abajo.
a) Los regalos llevados o tomados por las personas físicas o jurídicas, las muestras y los bienes de publicidad y promoción, la cantidad de cuales están de acuerdo con las aduanas comerciales, los bienes o materiales de embalaje importados sujetos a reutilización o a reciclaje,
b) Las piezas de los bienes previamente y debidamente importados adecuados para ser enviados sin retornos en términos de los costumbres y tradiciones comerciales, las pérdidas y piezas de los bienes exportados con su garantía que deben ser renovadas en el ámbito del período de garantía,
c) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por los miembros de la misión extranjera, por los extranjeros que trabajan en Turquía, por los ciudadenos turcos que salen al extranjero por el motivo de mudanza, por los funcionarios públicos que salen al extranjero por un servicio temporal, o los que se enviarán en el nombre de los mismos, a condición de que se aproben por las autoridades competentes,
d) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, por los turistas extranjeros y por los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero, o los que se enviarán en el nombre de los mismos,
e) Los bienes y vehículos enviados por las instituciones y organizaciones públicas, por los municipios y por las universidades según sus tareas o los acuerdos,
f) Los materiales de ayuda humanitaria enviados por las instituciones y organizaciones públicas, los municipios, las universidades, la Media Luna Roja y por las asociaciones y fundaciones que funcionan a favor del interés público en los estados de desastre como guerra, terremoto, inundación, epidemia y hambruna.
Los restos asuntos no indicados por arriba se solucionan por la autoridad aduanera competente o por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores, recibiendo la opinión de la Subsecretaría de Comercio Exterior (Dirección General de Exportaciones).
Las aplicaciones de los bienes indicados en las cláusulas (a) y (b) en caso de que los valores de cuales no excedan a 250.000 (cien mil) Dólares, no considerando el precio y la cantidad y las aplicaciones para el permiso de la exportación sin retorno de los bienes indicados en las cláusulas (d) y (e) se dirigen directamente a la autoridad aduanera competente,
Sin embargo, para el permiso de la exportación sin retorno de los bienes indicados en las cláusulas (e) y (f), las valores de cuales exceden a 250.000 (cien mil) Dólares se aplica a las Secretarías Generales de las Asociaciones de Exportadores tras llenar el Formulario de Exportación sin Retorno.
Las Secretarías Generales de las Asociaciones de Exportadores deben presentar una copia del permiso de exportación sin retorno al solicitante, y la otra a la autoridad aduanera competente.
La validez de los permisos de exportación sin retorno es un año.
El permiso de la exportación sin retorno que se realizará en el ámbito de las cláusulas (c) y (d), está sujeto directamente a la autoridad aduanera. Pero, en caso de que los bienes que se exportarán sin retorno de acuerdo con lo previsto en la claúsula (d) no se lleven por el viajero, sino que se envíen previamente o más tarde, deben ser probados que se compraron de Turquía; y, en caso de que se lleve un vehículo, el vehículo debe ser probado por los consejos de registro del tráfico y por las oficinas de impuestos que se hicieron fuera de registro.
La exportación sin retorno de los bienes y vehículos que se llevarán, se enviarán o se mandarán en los nombres de las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, de los turistas extranjeros y los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero que intentan a tomar ventaja de la excepción indicada en el artículo 11/1-b de la Ley del Impuesto al Valor Añadido según lo previsto en la cláusula (d), se permitirá por las autoridades aduaneras competentes, evaluando la copia de la factura de venta entregada por el comerciante o la copia aprobada por el mismo.
Una copia o una copia aprobada por el comerciante de la factura de venta debe presentarse a la Subsecretaría de Aduanas (Dirección General de Aduanas) por la autoridad aduanera competente, asegurando que se presente una copia a la Oficina de Estadísticas de Turquía.
No se permite a la exportación sin retorno de los bienes prohibidos a la exportación por algún decreto, ley o acuerdo internacional. La exportación sin retorno de los bienes sujetos a la autorización previa, solamente es posible con el permiso de la autoridad competente.
Para la exportación de los bienes expuestos a deducción de primas al Fondo de Estabilización del Precio y Apoyo, se necesita la entrega del recibo del banco indicando que la dicha prima fue pagada. Pero la exportación sin retorno de los bienes de valor menos que 1.000 Dólares no está sujeta a la deducción al Fondo de Estabilización del Precio y Apoyo.
Se busca la condición de registro para los bienes indicados en la lista de Acto Sobre Los Bienes Sujetos al Registro, entre los que el valor de cual excede a FOB 1.000 Dólares. Los bienes sujetos a exportación sin retorno no pueden tomar ventaja de los apoyos orientados a la exportación.
La exportación sin retorno que se realizará en el ámbito de los reglamentos mencionados por arriba no está sujeta a las provisiones legislativas técnicas sobre los estándares y productos.
No se busca la condición de ser miembro a la Asociación
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Fecha: 04.05.2013
Autor: CECILIA SILVA HERRERA
Asunto: TIPOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION
Llevar a cabo una efectiva negociación internacional atravez de la importación es uno de los objetivos primordiales que pueda plantearse un empresario visionario orientarse ala importación implica por lo menos estar plenamente consciente de los riesgos que conlleva y la necesidad de elaborar detallados planes de negocios que le permitan al empresario emprendedor lograr importaciones exitosas.Entre ellas tenemos.
1-Importación para el consumo:regimen aduanero que permite el ingreso legal de mercancías pro vinientes del exterior , para ser destinadas al consumo. La importación de mercancías es definitiva cuando el previo cumplimiento de todas las formalidades aduaneras correspondientes son nacionalizadas y quedan a libre disposición del dueño o consignatario.
2-Importación temporal:Se refiere ala entrada al país de mercancías extranjeras para permanecer en el tiempo limitado y con una finalidad especifica dentro de esta se han considerado material vegetal o animal, menaje domestico, transporte de mascotas(perros,gatos)3- Regímenes definitivos:Se entiende por régimen de importación definitiva la entrada d mercancías de procedencia extranjera para permanecer en el territorio nacional por tiempo limitado.
4- Importación temporal para reexportacion con el mismo estado:Es la importación al territorio aduanero nacional, con suspencion de tributos aduaneros de determinadas mercancías destinadas ala reexportacion en un plazo señalado,sin haber experimentado modificacion alguna,con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga y con base en la cual su disposición quedara restringida .no podrán importarse bajo esta modalidad mercancías fungibles (son mercancías comerciales, cuyas propiedades son esencialmente idénticas y que no resulta practico diferenciar una de la otra, por simple examen visual)ni aquellas que no pueden ser plenamente identificadas.
TIPOS DE EXPORTACIÓN
Los tipos de exportación son eventual sin valor comercial.
-DEFINITIVAS:Regulan la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional,con destino a otro país o a una zona franca industrial de bienes y servicios para su consumo definitivo.Sale definitivamente del país se realizan por vía aérea.
-TEMPORALES:Regula la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional,para ser sometidas a transformación elaboración o reparación en otro país cuya permanencia en el exterior esta regulada por el termino de permanencia que autorice la aduana al momento de la aceptación de la solicitud de autorización de embarque. Antes del vencimiento de dicho plazo,las mercancías deben ser reimportadas.
Saludos profe....
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Fecha: 04.05.2013
Autor: CLARA CHAVEZ
Asunto: TIPOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION
IMPORTACION:
Introducción de mercancía de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional. Orientarse a la importación es estar plenamente consciente de los riesgos que conlleva y la necesidad de elaborar detallados planes de negocio que le permitan al empresario emprendedor lograr una importación exitosa.
Tipos de Importaciones:
IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
IMPORTACIÓN TEMPORAL
El régimen aduanero que permite recibir dentro del territorio nacional, bajo un mecanismo suspensivo de derechos de aduana, impuestos y otros cargos de importación, aquellas mercancías destinadas a ser enviadas al exterior después de haber sido sometidas a un proceso de ensamblaje, montaje, máquinas, equipos de transporte en general o aparatos de mayor complejidad tecnológica y funcional, elaboración, obtención, transformación, reparación, mantenimiento, adecuación, producción o fabricación de bienes.
IMPORTADOR DIRECTO
Está representado por toda empresa dedicada a la labor de importación de diferente tipo de productos, para su distribución en el mercado local.
En esta clasificación también se toma en cuenta los importadores de materia prima, que posteriormente se utiliza para la producción de productos.
IMPORTADOR INDIRECTO
Se da cuando una empresa utiliza los servicios de otra empresa para llevar a cabo la importación de productos. En este caso es la empresa intermediaria quien se responsabiliza por liquidar los gastos aduanales y efectuar el pago de impuestos.
REIMPORTACION
Importación de mercancías en un territorio aduanero, las cuales fueron anteriormente exportadas desde ese territorio.
IMPORTACIONES FINALES
Las importaciones finales son aquellas cuyo destino final es x país. Los productos se nacionalizaran en x país mediante la liquidación de la póliza de importación y el pago de los impuestos correspondientes. El consumo de estos productos será en el mercado local.
EXPORTACION: salida de mercancía del territorio aduanero colombiano con destino a otro país o a una zona franca industrial de bienes y servicios.
EXPORTACION OCASIONAL
La empresa exporta de manera esporádica porque ha recibido pedidos del exterior, normalmente sin haberlos buscado. La empresa no ejerce ningún control sobre las variedades de marketing en el país al cual se dirige la venta, únicamente aprueba el precio de venta del importador.
EXPORTACION EXPERIMENTAL:
La empresa decide iniciar el proceso y busca mercados a los cuales exportar sin depender de los pedidos ocasionales. Realiza acciones de promoción dirigidas a los agentes importadores de los países a los cuales vende o quiere vender, pero no controla el precio de venta final, sino el precio de costo para el distribuidor.
EXPORTACION REGULAR:
Si la empresa ha tenido éxito en la etapa anterior, empieza a realizar exportaciones a una base estable de clientes en el exterior y a reservar una parte de su capacidad de producción para la exportación.
En esta etapa, las empresas suelen crear un departamento de exportación con una persona a cargo de esta actividad. Controlan además de las variables de marketing, el diseño externo del producto y puede colaborar en la fijación de precios y en las acciones de promoción de la venta.
EXPORTACION SUJETA A LA AUTOEIZACION PREVIA:
En la exportación de los bienes sujetos a la autorización previa de una autoridad específica con respecto a un acuerdo, a una ley, a un decreto o un reglamento relacionado internacional, la exportación se realiza aplicando las disposiciones del reglamento.
EXPORTACION SUJETA AL REGISTRO:
Los bienes, cuya exportación está sujeta al registro se determinan por el acto que se publica por la Subsecretaría. Antes de realizar la exportación d los bienes incluidos en la Lista de los Bienes Sujetos al Registro, las declaraciones aduaneras pertenecientes deben ser registradas por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores. La duración de la presentación de la declaración aduanera registrada por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a la autoridad aduanera es treinta días desde la fecha de aprobación y no se puede extender.
EXPORTACION EN CONSIGNACION:
Las aplicaciones de exportación en consignación se hacen a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores relacionada. Las demandas de exportación en consignación de los bienes pertenecientes a las regulaciones que se podrá declarar por la Subsecretaría en términos de los bienes y/o de la política nacional se solucionarán tras recibir la opinión de la Subsecretaría, los demás, sin embargo, directamente por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores.
EXPORTACIÓN DE LOS BIENES:
La exportación de los bienes nuevos o utilizados sujetos a libre circulación por el reglamento aduanero se realiza en el ámbito de los principios generales. Pero los principales de reembolso sujetos al reglamento directivo orientado al apoyo de la exportación, el reglamento de ingresos y el reglamento aduanero son reservados.
EXPORTACION A LAS ZONAS LIBRES:
La exportación a las zonas libres están sujetas a los principales del reglamento de exportación. Pero, las previsiones legislativas relacionadas al Régimen de Perfeccionamiento Activo, a los procesos de IVA y a las aplicaciones del Banco de Crédito para la Exportación de Turquía son reservados.
EXPORTACIÓN SIN RETORNO:
Los bienes que se pueden ser exportados sin retorno son indicados por abajo.
a) Los regalos llevados o tomados por las personas físicas o jurídicas, las muestras y los bienes de publicidad y promoción, la cantidad de cuales están de acuerdo con las aduanas comerciales, los bienes o materiales de embalaje importados sujetos a reutilización o a reciclaje,
b) Las piezas de los bienes previamente y debidamente importados adecuados para ser enviados sin retornos en términos de los costumbres y tradiciones comerciales, las pérdidas y piezas de los bienes exportados con su garantía que deben ser renovadas en el ámbito del período de garantía,
c) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por los miembros de la misión extranjera, por los extranjeros que trabajan en Turquía, por los ciudadanos turcos que salen al extranjero por el motivo de mudanza, por los funcionarios públicos que salen al extranjero por un servicio temporal, o los que se enviarán en el nombre de los mismos, a condición de que se aprueben por las autoridades competentes,
d) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, por los turistas extranjeros y por los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero, o los que se enviarán en el nombre de los mismos,
e) Los bienes y vehículos enviados por las instituciones y organizaciones públicas, por los municipios y por las universidades según sus tareas o los acuerdos,
f) Los materiales de ayuda humanitaria enviados por las instituciones y organizaciones públicas, los municipios, las universidades, la Media Luna Roja y por las asociaciones y fundaciones que funcionan a favor del interés público en los estados de desastre como guerra, terremoto, inundación, epidemia y hambruna.
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Fecha: 04.05.2013
Autor: Beatriz Yepes Gil
Asunto: TIPOS DE IMPORTACION Y EXPORTACION
Llevar a cabo una efectiva negociación internacional a través de la importación, es uno de los objetivos primordiales que pueda plantearse un empresario visionario. Orientarse a la importación implica por lo menos, estar plenamente consciente de los riesgos que conlleva y la necesidad de elaborar detallados planes de negocios que le permitan al empresario emprendedor lograr importaciones exitosas.
Con base a la clasificación General del tipo de importación, se tipifican de la manera siguiente:
IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
IMPORTACIÓN TEMPORAL
El régimen aduanero que permite recibir dentro del territorio nacional, bajo un mecanismo suspensivo de derechos de aduana, impuestos y otros cargos de importación, aquellas mercancías destinadas a ser enviadas al exterior después de haber sido sometidas a un proceso de ensamblaje, montaje, máquinas, equipos de transporte en general o aparatos de mayor complejidad tecnológica y funcional, elaboración, obtención, transformación, reparación, mantenimiento, adecuación, producción o fabricación de bienes.
Permite ingresar al territorio aduanero por un plazo determinado, con suspensión de derechos e impuestos a la importación, mercancías con un fin específico, las que serán reexportadas dentro de ese plazo, Importación temporal con reexportación en el mismo estado.
TIPOS DE EXPORTACIÓN
Exportación en Consignación
Las aplicaciones de exportación en consignación se hacen a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores relacionada.
Las demandas de exportación en consignación de los bienes pertenecientes a las regulaciones que se podrá declarar por la Subsecretaría en términos de los bienes y/o de la política nacional se solucionarán tras recibir la opinión de la Subsecretaría, los demás, sin embargo, directamente por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores.
Las declaraciones aduaneras confirmados de forma exportación en consignación por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores deben presentarse a las autoridades aduaneras en treinta días.
Los exportadores han de mandar la factura de venta final preparada por sí mismos o una copia de la misma con los otros documentos a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores en treinta días después de la venta final de los bienes enviados en consignación.
Los bienes enviados en consignación se deben ventar en un año a partir de la fecha de exportación del mismo. El tiempo indicado se puede extender dos años más por la autorizada Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a condición de que se aplique al mismo por buenas razones imperativas.
En caso de que los bienes enviados de forma en consignación no se vendan durante el tiempo del permiso de exportación en consignación, los bienes deben llevarse al país de acuerdo con el reglamento aduenaro.
E - Exportación de los Bienes Importados
La exportación de los bienes nuevos o utilizados sujetos a libre circulación por el reglamento aduanero se realiza en el ámbito de los principios generales. Pero los principales de reembolso sujetos al reglamento directivo orientado al apoyo de la exportación, el reglamento de ingresos y el reglamento aduanero son reservados.
F- Exportación a las Zonas Libres
La exportación a las zonas libres está sujeta a los principales del reglamento de exportación. Pero, las previsiones legislativas relacionadas al Régimen de Perfeccionamiento Activo, a los procesos de IVA y a las aplicaciones del Banco de Crédito para la Exportación de Turquía son reservadas.
G- Exportación Sin Retorno
Los bienes que se pueden ser exportados sin retorno son indicados por abajo.
a) Los regalos llevados o tomados por las personas físicas o jurídicas, las muestras y los bienes de publicidad y promoción, la cantidad de cuales están de acuerdo con las aduanas comerciales, los bienes o materiales de embalaje importados sujetos a reutilización o a reciclaje,
b) Las piezas de los bienes previamente y debidamente importados adecuados para ser enviados sin retornos en términos de los costumbres y tradiciones comerciales, las pérdidas y piezas de los bienes exportados con su garantía que deben ser renovadas en el ámbito del período de garantía,
c) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por los miembros de la misión extranjera, por los extranjeros que trabajan en Turquía, por los ciudadenos turcos que salen al extranjero por el motivo de mudanza, por los funcionarios públicos que salen al extranjero por un servicio temporal, o los que se enviarán en el nombre de los mismos, a condición de que se aproben por las autoridades competentes,
d) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, por los turistas extranjeros y por los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero, o los que se enviarán en el nombre de los mismos,
e) Los bienes y vehículos enviados por las instituciones y organizaciones públicas, por los municipios y por las universidades según sus tareas o los acuerdos,
f) Los materiales de ayuda humanitaria enviados por las instituciones y organizaciones públicas, los municipios, las universidades, la Media Luna Roja y por las asociaciones y fundaciones que funcionan a favor del interés público en los estados de desastre como guerra, terremoto, inundación, epidemia y hambruna.
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Fecha: 04.05.2013
Autor: Eder teran gonzalez-G7
Asunto: tipos de importación y exportacion
TIPÓS DE EXPORTACION
- Exportación Sujeta a la Autorización Previa
En la exportación de los bienes sujetos a la autorización previa de una autoridad específica con respecto a un acuerdo, a una ley,a un decreto o un reglamento relacionado internacional, la exportación se realiza aplicando las disposiciones del reglamento.
- Exportación Sujeta al Registro
Los bienes, cuya exportación está sujeta al registro se determinan por el acto que se publica por la Subsecretaría. Antes de realizar la exportación d los bienes incluidos en la Lista de los Bienes Sujetos al Registro, las declaraciones aduaneras pertenecientes deben ser registradas por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores. La duración de la presentación de la declaración aduanera registrada por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a la autoridad aduanera es treinta días desde la fecha de aprobación y no se puede extender. Solamente para las exportaciones realizadas a los países que aplican restricción cuantitativa a los productos exportados, la duración para presentar la declaración aduanera de los bienes restringidos excepto de la anotación de registro se determina por la Subsecretaría, o sea más o menos que treinta días.
- Exportación en Consignación
Las aplicaciones de exportación en consignación se hacen a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores relacionada.
Las demandas de exportación en consignación de los bienes pertenecientes a las regulaciones que se podrá declarar por la Subsecretaría en términos de los bienes y/o de la política nacional se solucionarán tras recibir la opinión de la Subsecretaría, los demas, sin embargo, directamente por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores.
Las declaraciones aduaneras confirmados de forma exportación en consignación por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores deben presentarse a las autoridades audaneras en treinta días.
Los exportadores han de mandar la factura de venta final preparada por sí mismos o una copia de la misma con los otros documentos a la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores en treinta días después de la venta final de los bienes enviados en consignación.
Los bienes enviados en consignación se deben ventar en un año a partir de la fecha de exportación del mismo. El tiempo indicado se puede extender dos años más por la autorizada Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores a condición de que se aplique al mismo por buenas razones imperativas.
En caso de que los bienes enviados de forma en consignación no se vendan durante el tiempo del permiso de exportación en consignación , los bienes deben llevarse al país de acuerdo con el reglamento aduenaro.
- Exportación de los Bienes Importados
La exportación de los bienes nuevos o utilizados sujetos a libre circulación por el reglamento aduanero se realiza en el ámbito de los principios generales. Pero los principales de reembolso sujetos al reglamento directivo orientado al apoyo de la exportación, el reglamento de ingresos y el reglamento aduanero son reservados.
- Exportación a las Zonas Libres
La exportación a las zonas libres están sujetas a los principales del reglamento de exportación. Pero, las previsiones legislativas relacionadas al Régimen de Perfeccionamiento Activo, a los procesos de IVA y a las aplicaciones del Banco de Credito para la Exportación de Turquía son reservados.
Exportación Sin Retorno
Los bienes que se pueden ser exportados sin retorno son indicados por abajo.
a) Los regalos llevados o tomados por las personas físicas o jurídicas, las muestras y los bienes de publicidad y promoción, la cantidad de cuales están de acuerdo con las aduanas comerciales, los bienes o materiales de embalaje importados sujetos a reutilización o a reciclaje,
b) Las piezas de los bienes previamente y debidamente importados adecuados para ser enviados sin retornos en términos de los costumbres y tradiciones comerciales, las pérdidas y piezas de los bienes exportados con su garantía que deben ser renovadas en el ámbito del período de garantía,
c) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por los miembros de la misión extranjera, por los extranjeros que trabajan en Turquía, por los ciudadanos turcos que salen al extranjero por el motivo de mudanza, por los funcionarios públicos que salen al extranjero por un servicio temporal, o los que se enviarán en el nombre de los mismos, a condición de que se aproben por las autoridades competentes,
d) Los bienes y vehículos que se llevan o se envían por las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, por los turistas extranjeros y por los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero, o los que se enviarán en el nombre de los mismos,
e) Los bienes y vehículos enviados por las instituciones y organizaciones públicas, por los municipios y por las universidades según sus tareas o los acuerdos,
f) Los materiales de ayuda humanitaria enviados por las instituciones y organizaciones públicas, los municipios, las universidades, la Media Luna Roja y por las asociaciones y fundaciones que funcionan a favor del interés público en los estados de desastre como guerra, terremoto, inundaciónLos restos asuntos no indicados por arriba se solucionan por la autoridad aduanera competente o por la Secretaría General de las Asociaciones de Exportadores, recibiendo la opinión de la Subsecretaría de Comercio Exterior (Dirección General de Exportaciones).
Las aplicaciones de los bienes indicados en las cláusulas (a) y (b) en caso de que los valores de cuales no excedan a 250.000 (cien mil) Dólares, no considerando el precio y la cantidad y las aplicaciones para el permiso de la exportación sin retorno de los bienes indicados en las cláusulas (d) y (e) se dirigen directamente a la autoridad aduanera competente,
Sin embargo, para el permiso de la exportación sin retorno de los bienes indicados en las cláusulas (e) y (f), las valores de cuales exceden a 250.000 (cien mil) Dólares se aplica a las Secretarías Generales de las Asociaciones de Exportadores tras llenar el Formulario de Exportación sin Retorno.
Las Secretarías Generales de las Asociaciones de Exportadores deben presentar una copia del permiso de exportación sin retorno al solicitante, y la otra a la autoridad aduanera competente.
La validez de los permisos de exportación sin retorno es un año.
El permiso de la exportación sin retorno que se realizará en el ámbito de las cláusulas (c) y (d), está sujeto directamente a la autoridad aduanera. Pero, en caso de que los bienes que se exportarán sin retorno de acuerdo con lo previsto en la claúsula (d) no se lleven por el viajero, sino que se envíen previamente o más tarde, deben ser probados que se compraron de Turquía; y, en caso de que se lleve un vehículo, el vehículo debe ser probado por los consejos de registro del tráfico y por las oficinas de impuestos que se hicieron fuera de registro.
La exportación sin retorno de los bienes y vehículos que se llevarán, se enviarán o se mandarán en los nombres de las personas jurídicas con domicilio en el extranjero, de los turistas extranjeros y los ciudadanos turcos con domicilio en el extranjero que intentan a tomar ventaja de la excepción indicada en el artículo 11/1-b de la Ley del Impuesto al Valor Añadido según lo previsto en la cláusula (d), se permitirá por las autoridades aduaneras competentes, evaluando la copia de la factura de venta entregada por el comerciante o la copia aprobada por el mismo.
Una copia o una copia aprobada por el comerciante de la factura de venta debe presentarse a la Subsecretaría de Aduanas (Dirección General de Aduanas) por la autoridad aduanera competente, asegurando que se presente una copia a la Oficina de Estadísticas de Turquía.
No se permite a la exportación sin retorno de los bienes prohibidos a la exportación por algún decreto, ley o acuerdo internacional. La exportación sin retorno de los bienes sujetos a la autorización previa, solamente es posible con el permiso de la autoridad competente.
Para la exportación de los bienes expuestos a deducción de primas al Fondo de Estabilización del Precio y Apoyo, se necesita la entrega del recibo del banco indicando que la dicha prima fue pagada. Pero la exportación sin retorno de los bienes de valor menos que 1.000 Dólares no está sujeta a la deducción al Fondo de Estabilización del Precio y Apoyo.
Se busca la condición de registro para los bienes indicados en la lista de Acto Sobre Los Bienes Sujetos al Registro, entre los que el valor de cual excede a FOB 1.000 Dólares. Los bienes sujetos a exportación sin retorno no pueden tomar ventaja de los apoyos orientados a la exportación.
La exportación sin retorno que se realizará en el ámbito de los reglamentos mencionados por arriba no está sujeta a las provisiones legislativas técnicas sobre los estándares y productos.
Exportación ocasional
La empresa exporta de manera esporádica porque ha recibido pedidos del exterior, normalmente sin haberlos buscado. La empresa no ejerce ningún control sobre las variedades de marketing en el país al cual se dirige la venta, únicamente aprueba el precio de venta del importador.
Exportación experimental
La empresa decide iniciar el proceso y busca mercados a los cuales exportar sin depender de los pedidos ocasionales. Realiza acciones de promoción dirigidas a los agentes importadores de los países a los cuales vende o quiere vender, pero no controla el precio de venta final, sino el precio de costo para el distribuidor.
Exportación regular
Si la empresa ha tenido éxito en la etapa anterior, empieza a realizar exportaciones a una base estable de clientes en el exterior y a reservar una parte de su capacidad de producción para la exportación.
En esta etapa, las empresas suelen crear un departamento de exportación con una persona a cargo de esta actividad. Controlan además de las variables de marketing, el diseño externo del producto y puede colaborar en la fijación de precios y en las acciones de promoción de la venta al detalle.
TIPOS DE IMPORTACION
Con base a la clasificación General del tipo de importación, se tipifican de la manera siguiente:
*IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
•Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
*IMPORTACIÓN TEMPORAL
•El régimen aduanero que permite recibir dentro del territorio nacional, bajo un mecanismo suspensivo de derechos de aduana, impuestos y otros cargos de importación, aquellas mercancías destinadas a ser enviadas al exterior después de haber sido sometidas a un proceso de ensamblaje, montaje, maquinas, equipos de trasporte en general o aparatos de mayor complejidad tecnología y funcional, elaboración, transformación, reparación, mantenimiento, obtención, adecuación, producción o fabricación de bienes. Permite ingresar al territorio aduanero por un plazo determinado, con suspensión de derechos e impuestos a la importación, mercancía con un fin especifico, las que serán reexportadas dentro de este plazo.
•Importación temporal con preexportación en el mismo estado.
TIPOS DE IMPORTACION
Con base a la clasificación General del tipo de importación, se tipifican de la manera siguiente:
*IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO
*IMPORTACIÓN TEMPORAL
IMPORTACION PARA EL CONSUMO
•Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
IMPORTACION TEMPORAL
•Régimen aduanero por el cual las mercancías importadas pueden entrar en libre circulación dentro del territorio, previo pago de los derechos e impuestos a la importación exigibles con cumplimiento de las formalidades necesarias.
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Novedades
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Se ha lanzado el website comercio internacional
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